Ley Bases: cómo quedó la letra final del RIGI que aprobó el Congreso argentino

Legales 28/06/2024
El Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) está incluido en el Título VII de la ley Bases y abarca a 64 artículos, que van el número 164 al 228. En total, el régimen contiene 12 capítulos.
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La Cámara de Diputados aprobó la ley Bases con las modificaciones introducidas en el Senado, que incluyó cinco cambios de último momento en la redacción final del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones aceptados por el Gobierno nacional.

Como informó Energy Report, con el texto de la ley Bases modificado, el RIGI resultará ahora aplicable a las “Grandes Inversiones” en proyectos de forestoindutria, turismo, infraestructura, minería, tecnología, siderurgía, energía, petróleo y gas, que cumplan con los requisitos previstos. En la redacción anterior figuraba "cualquier sector".

Pero también incluyó una modificación para incluir a las pymes, que refiere al plan de desarrollo de los proveedores locales, establecido en el artículo 174 inciso L.

En ese apartado se especifica que cada gran inversión superior a los u$s200 millones tendrá que proponer al menos un 20% de la totalidad de inversión en proveedores en organizaciones nacionales, "siempre y cuando la oferta de proveedores locales se encuentre disponible y en condiciones de mercado en cuanto a precio y calidad". Este cambio fue celebrado por las pymes neuquinas de Vaca Muerta.
 
La aprobación del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) en por parte del Senado ya había generado entusiasmo en los mercados, pero también en los sectores y empresas alcanzadas por el nuevo plan de fomento para el desarrollo de proyectos y obras, en particular, en las energéticas y mineras que tienen en carpeta anuncios por al menos u$s80.000 millones para la próxima década.

Entre otras iniciativas que podrían impulsarse con la ley Bases aprobada se destacan la construcción de gasoductos y oleoductos que transporten gas y petróleo no convencional a puertos exportadores y zonas alejadas de los yacimientos hidrocarburíferos; construcción de nuevos puertos exportadores; obras vinculadas al litio y la energía nuclear; más parques solares y eólicos; líneas de alta tensión para abastecer con energías renovables a grandes industrias, pozos petroleros y gasíferos de Vaca Muerta, plantas de tratamientos y minas en la alta montaña; más aeropuertos y emprendimientos hoteleros y gastronómicos para fomentar el turismo y los negocios; la ampliación de hornos siderúrgicos y caleros y de plantas petroquímicas; la instalación de polos tecnológicos para el desarrollo de inteligencia artificial y modernización de industrias, entre otras iniciativas.

¿Cuántos artículos tiene el RIGI?
El RIGI está incluido en el TÍTULO VII de la ley Bases y abarca a 64 artículos, que van el número 164 al 228. En total, el régimen contiene 12 capítulos:

  • Creación y ámbito de aplicación.
  • Plazo. Sujetos habilitados
  • Requisitos y condiciones para la inclusión en el RIGI. Plan de inversión. Procedimientos y efectos
  • Incentivos tributarios y aduaneros
  • Incentivos cambiarios
  • Estabilidad. Compatibilidad con otros regímenes. Cesiones
  • Terminación de los incentivos bajo el RIGI
  • Régimen Infraccional y Recursivo Aplicable al VPU
  • De la autoridad de aplicación
  • Jurisdicción y arbitraje
  • Jurisdicciones Locales. Declaración de Interés Nacional
  • Disposiciones transitorias del RIGI

Principales aspectos del RIGI

Objetivo: incentivar las grandes inversiones, promover el desarrollo económico, incrementar las exportaciones de mercaderías y servicios, favorecer la creación de empleo.

Monto mínimo de inversión: 200 millones de dólares, que el PEN puede incrementar por sector. Para el supuesto de inversiones para proveer a largo plazo en mercados globales, mínimo de inversión u$s1.000 millones (sería, por ejemplo, el caso de la producción de gas licuado para exportación).

Actividades comprendidas: forestoindustria, turismo, infraestructura, minería, tecnología, siderurgia, energía, petróleo y gas.

Proveedores de bienes y servicios: cuentan con los incentivos y derechos sobre la mercadería e insumos que importen para ser destinadas a prestaciones de los sujetos incorporados al RIGI.

Incentivos tributarios: Tasa del impuesto a las ganancias empresaria 25% -en lugar de la escala aplicable de aproximadamente 35%-, sobre dividendos 7% (después de 7 años de adhesión al RIGI, sobre dividendos 3,5%)

Amortización acelerada
Quebrantos impositivos, actualizables por IPIM y sin límite temporal para su utilización. Pasados los 5 años pueden ser transferidos a terceros.

En los pagos al exterior de los proyectos de exportación estratégica, se considerará como máximo que el 30% es ganancia neta de fuente argentina. Si el impuesto es a cargo del pagador no se realiza el incremento de la base de imposición.

Un sistema especial en que el Estado otorga certificados de crédito fiscal a los sujetos del RIGI, para que éstos los destinen como pago del IVA a sus proveedores. En síntesis, no gravabilidad de los insumos en el IVA.

Impuesto al cheque: el 100% computable como pago a cuenta del impuesto a las ganancias.
Importaciones de bienes de capital nuevos, repuestos, partes, componentes y mercadería para consumo: exentas de derechos de importación, de la tasa de estadística y comprobación de destino, y de todo régimen de percepción, recaudación, anticipo o retención de tributos nacionales y/o locales.

Exportaciones exentas de derechos de exportación luego de transcurridos 3 años de la adhesión al RIGI. Para los proyectos de exportación estratégica, se reduce a dos años.

Incentivos cambiarios: no es obligatorio ingresar o liquidar en el mercado de cambios los aportes de capital o los préstamos, o sea, pueden ingresar las divisas por CCL. Muy importante en la medida que exista brecha cambiaria. También se disponen incentivos cambiarios para las exportaciones, a partir del segundo año contado desde la fecha de puesta en marcha. Posiblemente en esa época dejen de existir todas las restricciones cambiarias.

Estabilidad: por 30 años en materia tributaria, aduanera y cambiaria desde la adhesión al RIGI.

Fuente: Ámbito.com

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