De la minería a la salud: el yodo, por Pablo Saccone

El bocio endémico, producto de insuficiencia de yodo en la ingesta alimentaria, es una enfermedad que se ha descripto prácticamente en los seis continentes del planeta.
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Entre las primeras comunicaciones médicas de Argentina que plantearon el problema de la endemia, se destacan la de Tamayo (1912) en Salta. Para 1919, se advirtió claramente sobre la magnitud del problema del bocio endémico en nuestro país por lo que el Departamento de Salud e Higiene de la Nación durante la presidencia de Gregorio Aráoz Alfaro inició investigaciones sobre la endemia y su profilaxis. Envió a Lewis (1924) a la provincia de Salta para corroborar la gravedad del problema. Éste, en una encuesta realizada sobre 1.278 escolares del Valle de Lerma, halló una prevalencia de bocio del 87% en varones y del 88% en mujeres. Por aquél entonces el protagonismo creciente a partir del aporte de investigadores del área de las Ciencias Naturales, en especial los químicos, que contribuyeron al conocimiento del bocio endémico estableciendo las regiones con escasez de yodo ambiental, fue altísimo, lo que facilitó los diagnósticos etiológicos y el tratamiento de la enfermedad.

¿De qué manera llegaría la solución a esta problemática tan cosmopolita? Otra vez y como lo marca la historia humana, a través de la mano de la minería. De una minería de las más sencillas, a través de la explotación de los haluros. Ese grupo de minerales proporcionaría el yodo necesario y también el medio más eficaz y simple para la incorporación y posterior asimilación humana, a partir del mineral halita, que es cloruro de sodio o también más comúnmente conocido como sal de mesa.

Ya para 1965, con la participación de Unicef y la OMS se realizó en Salta el “Seminario Internacional para la yodación de la sal para la prevención del bocio endémico” y a continuación la Primera reunión del Programa Nacional de lucha contra el Bocio Endémico. Por iniciativa del entonces ministro de Salud Pública, Arturo Oñativia, se realizó una encuesta sobre muestras probabilísticas para edad y sexo de varones de 20 años, que concurrían al examen médico previo a su incorporación al servicio militar obligatorio. El programa en 1966 tenía informes suficientes de cada jurisdicción que justificara la necesidad de una legislación que abarcara todo el país y, basado en las experiencias de Salta y Mendoza, se elaboró la ley de profilaxis con la obligatoriedad de enriquecer con yodo la sal para uso alimentario humano y animal, que fue promulgada y sancionada el 2 de mayo de 1967 como ley 17.259/67, la que comenzó a hacerse efectiva en 1970 tras su reglamentación. El nivel de yodación elegido fue de una parte de yodo en 30 mil partes de sal (33,3 microgramos de yodo por gramo de sal).

Fuente: El Tribuno

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