Nación simplifica trámites para inversiones mineras y reorganiza funciones geológicas

En el marco de la Ley de Bases, el Poder Ejecutivo introdujo cambios en las leyes 24.196 y 24.466 para agilizar trámites, reducir cargas administrativas y optimizar el uso de información geológica.
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El Gobierno nacional oficializó modificaciones a la Ley de Inversiones Mineras y al régimen geológico nacional mediante el Decreto 449/2025, publicado en el Boletín Oficial en el marco de las facultades delegadas por la Ley de Bases. El objetivo de la reforma es optimizar funciones de la Secretaría de Minería del Ministerio de Economía, reduciendo cargas administrativas desproporcionadas y reorganizando tareas que generaban duplicaciones dentro del Estado.

Una de las modificaciones más relevantes apunta a agilizar el trámite de verificación de inversiones realizadas y proyectadas por las empresas mineras. Hasta ahora, el procedimiento era engorroso y poco eficiente: los formularios exigidos incluían más de 1.000 campos de datos, de los cuales alrededor del 80% carecían de respaldo legal. Con el nuevo régimen, las compañías deberán presentar un informe sobre inversiones pasadas elaborado por un profesional independiente, lo que simplifica el proceso y permite a la autoridad de aplicación enfocar sus esfuerzos en el control efectivo, sin trabas burocráticas.

Además, se introdujeron cambios en el artículo 10 de la Ley 24.196 para reducir los tiempos del trámite de emisión del certificado de estabilidad fiscal, que hasta el momento promediaba un año. La demora se debía a que la Secretaría debía recabar información tributaria aplicable al proyecto en los tres niveles de gobierno: nacional, provincial y municipal. A partir de ahora, el certificado solo deberá indicar la fecha de consagración de la estabilidad fiscal, eliminando así un cuello de botella innecesario.

Otro eje de la reforma apunta a reducir la intervención estatal superpuesta en el manejo de la información geológica. Se transfirió al Servicio Geológico Minero Argentino (SEGEMAR) la responsabilidad sobre el Banco Nacional de Información Geológica, creado por la Ley 24.466, una tarea que compartía con la Secretaría de Minería y que generaba redundancias. Con esta decisión, el SEGEMAR —organismo especializado en el área— concentrará la gestión de estos datos estratégicos.

En consecuencia, las empresas inscriptas en el Régimen de Inversiones Mineras deberán aportar información geológica superficial de las áreas exploradas, que será incorporada a la base de datos pública del SEGEMAR. Esta medida apunta a construir un registro actualizado y accesible de información geológica del territorio nacional.

 
SOBRE LA LEY DE INVERSIONES MINERAS (N.º 24.196)

Sancionada en 1993, la Ley de Inversiones Mineras tiene como objetivo fomentar el desarrollo de la minería en Argentina, ofreciendo un marco legal estable y previsibilidad para atraer capitales a largo plazo.

Entre sus puntos destacados se encuentran:

-Régimen de inversiones: establece un marco específico para proyectos mineros con beneficios concretos para los desarrolladores.
-Estabilidad fiscal por 30 años: garantiza que no se incremente la carga impositiva original de las empresas durante ese período.
-Beneficios impositivos: permite deducciones en el Impuesto a las Ganancias, devolución del IVA y amortización acelerada de bienes de capital.
-Facilidades para importaciones: contempla exenciones de derechos y tributos para la importación de equipos, maquinaria e insumos.
-Registro de Inversiones Mineras: las empresas deben registrarse ante la Secretaría de Minería para acceder a los beneficios del régimen.
-Con la reforma introducida por el Decreto 449/25, el Gobierno nacional busca reducir la burocracia, mejorar el control efectivo y ordenar el sistema de información geológica, en línea con una administración pública más eficiente y orientada al desarrollo productivo.

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