Waldo Chayle: "A considerar sobre informe de impacto ambiental minero"

Cuando se habla de minería casi siempre están referidos a los beneficios de la actividad, sin embargo otra parte de la población tiene desconfianza sobre algunas cuestiones.
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Por Waldo Chayle

En esta oportunidad, nos abocamos a una de ellas, porque no siempre son analizados en detalle. Los "informes de impacto ambiental" (IIA) en minería, es una de las actividades importantes, por la cuestión de las comunidades próximas a los proyectos, y además porque en todo el mundo intentan cuidar el ambiente y actualmente se incluye el cambio climático global. Es importante apoyar la actividad minera, porque es fundamental para el desarrollo, principalmente de la provincia, pero también debemos resaltar algunos temas que consideramos necesarios para transparentar el proceso de proyectos mineros.

Las empresas deben cumplir con la presentación del IIA antes de iniciar cualquier actividad minera. Los IIA deben presentarse según normativa existente en la provincia. Un dato importante es que ninguna empresa o persona puede realizar trabajos sin permiso de los propietarios de las tierras. Si se presenta esta situación, los propietarios pueden realizar las denuncias policiales correspondientes. Ninguna empresa en la provincia, realiza trabajos sin los permisos y autorizaciones correspondientes.

Las comunidades indígenas y algunas organizaciones ambientalistas reclaman permanentemente la falta de consulta "previa libre e informada" como establece el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Sin embargo, mediante un Decreto de la Provincia, establece el cumplimiento de la consulta a las Comunidades. La Autoridad Competente exige a las empresas mineras la presentación del IIA, con las constancias de todas las reuniones con las comunidades indígenas. Estas comunidades, mediante asamblea, deciden el consentimiento o no, para que la empresa inicie los trabajos. La comunidad también puede elegir un profesional ambientalista para analizar el IIA y la empresa debe hacerse cargo del costo económico.

La empresa normalmente contrata los servicios de una consultora o profesional para la confección del IIA. Para los IIA por exploración, prospección y explotación minera, la autoridad competente, mediante reglamentación, establece la metodología que deben aplicar las empresas para la elaboración de los IIA. Aquí aparece una situación llamativa, cuando hablamos de transparencia. Estos informes son presentados ante la autoridad competente, algunos con una firma del responsable. Entre los temas que deben contener los IIA están, por ejemplo, Geología y geomorfología, Sismología, Climatología, Hidrología e hidrogeología, Edafología, Flora, Fauna, Caracterización ecosistemática, Aspectos socioeconómicos y culturales, Sitios de valor histórico, cultural, arqueológico y paleontológico. Para abordar todos estos temas es necesario el trabajo de profesionales de diferentes disciplinas, porque es imposible que uno o dos profesionales puedan realizar el trabajo con rigurosidad requerida. Ningún profesional está capacitado para realizar todos los trabajos mencionados, podrá ser especialista, en uno o dos temas y no en todos. Aquí surge la pregunta ¿pueden autorizar los IIA con una o dos firmas y no participar todos los profesionales de los contenidos que exige la Autoridad Minera? Cualquier profesional podría firmar el IIA, porque es el responsable ante la empresa y no ante la Autoridad Minera, porque la empresa es responsable ante la Autoridad Minera. Además, los diferentes temas no pueden ser simples descripciones bibliográficas, deben realizarse trabajos de campo. Cuando hablamos de transparencia en minería. Este es uno de los puntos a tener en cuenta.

Fuente: El Tribuno

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