
Aclaran cómo funciona el Tratado Minero con Chile
Minería Sustentable


El Ministerio de Minería de San Juan informó este martes detalles sobre el funcionamiento del Tratado de Integración y Complementación Minera entre Argentina y Chile, una herramienta clave para el desarrollo de proyectos que requieren operar a ambos lados de la cordillera.
El tratado fue suscripto el 29 de diciembre de 1997 en las ciudades de San Juan y Antofagasta. En Argentina, el Congreso lo sancionó como Ley 25.243 el 23 de marzo de 2000.
Su función es establecer reglas comunes para coordinar infraestructura, tránsito de personal, aspectos aduaneros y otras necesidades vinculadas a emprendimientos transfronterizos.
Sin embargo, existe una confusión frecuente respecto de quién toma las decisiones dentro de este esquema. Aunque las empresas pueden solicitar ser incorporadas al régimen del Tratado y plantear sus necesidades operativas, no participan de los organismos que lo administran ni tienen poder de decisión formal.
Cada proyecto debe atravesar un proceso de evaluación técnica y legal en ambos países. Si cumple con los requisitos, se elabora un Protocolo Adicional Específico (PAE), que establece las condiciones bajo las cuales podrá operar. La aprobación final corresponde a la Comisión Administradora Binacional, integrada por representantes de los gobiernos de Argentina y Chile.
El Tratado no se aplica de manera automática: cada proyecto debe solicitar su incorporación. Las empresas presentan las solicitudes, pero no participan de las decisiones. Los proyectos son evaluados por organismos técnicos, legales, aduaneros, migratorios y ambientales de ambos países. Las decisiones y controles permanecen exclusivamente en manos de los Estados.
De esta manera, el Tratado actúa como un mecanismo de coordinación entre ambos Estados para proyectos mineros complejos, pero sin desplazar las facultades de control y decisión que siguen en manos de las autoridades públicas.
Puntos clave:
* El tratado original fue suscrito el 29 de diciembre de 1997 en las ciudades de San Juan (Argentina) y Antofagasta (Chile). En Argentina, el Congreso lo sancionó como Ley 25.243 el 23 de marzo de 2000. * El Tratado Minero regula proyectos que necesitan operar en Argentina y Chile.
* No se aplica automáticamente: cada proyecto debe solicitar su incorporación.
* Las empresas presentan las solicitudes, pero no participan de las decisiones.
* Los proyectos son evaluados por organismos técnicos, legales, aduaneros, migratorios y ambientales de ambos países.
* La aprobación se instrumenta mediante un Protocolo Adicional Específico (PAE).
* La Comisión Administradora Binacional es la máxima autoridad del Tratado. * Las decisiones y controles permanecen exclusivamente en manos de los Estados de Argentina y Chile.
Fuente: diario Huarpe




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