Buscan crear de un fondo especial de compensación para el desarrollo humano en provincias mineras

Fue presentado por el diputado Francisco Monti.
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El diputado nacional por Catamarca, Francisco Monti, presentó un proyecto de ley a fin de crear el “Fondo Especial de Compensación para el Desarrollo Humano en provincias mineras, a los efectos de aportar al financiamiento de obras de infraestructura y potenciar la calidad educativa en los niveles: inicial, primaria y secundaria de los habitantes de las provincias en que se desarrollan proyectos mineros en explotación”.

En el proyecto, el diputado sostiene que dicho Fondo se integrará con recursos tributarios generados por las explotaciones mineras de primera y segunda categoría del Código de Minería. Para tal fin se afectará con destino al Fondo el 20% (veinte por ciento) del impuesto a las ganancias o el que en el futuro lo sustituya, que correspondiera en la distribución primaria al Estado nacional, proveniente de las actividades comprendidas en el régimen instituido en la presente Ley 24.196.  

Los recursos se distribuirán a las provincias en forma automática y directamente proporcional al importe que en concepto de impuesto a las ganancias se recaude por los pagos efectuados por las empresas que exploten yacimientos mineros en sus respectivos territorios. 

A su vez, la propuesta reza que la administración y disposición de los recursos provenientes del Fondo estará a cargo de cada provincia debiendo estas destinarlo, en un 50% (cincuenta por ciento) a obras de infraestructura que cada distrito decida de acuerdo al régimen de inversión pública vigente en la misma y que resulte aprobado por la autoridad de aplicación del presente régimen y un 50% (cincuenta por ciento) a incrementar la calidad del sistema educativo provincial en los niveles señalados en los capítulos II, III y IV de la Ley de Educación Nacional N° 26.206. 

Será autoridad de aplicación, el Ministerio del Interior o el organismo que en el futuro lo reemplace en su competencia material y el Ministerio de Capital Humano o el organismo que en el futuro lo reemplace en su competencia material, quienes deberán controlar el cumplimiento del destino y finalidad de la inversión pública. Las provincias deberán abrir una cuenta bancaria especial en la cual el Tesoro nacional depositará las sumas que ingresen al Fondo Especial. 

El estado nacional suspenderá el envío de los fondos específicos creados en el presente régimen en caso de incumplimiento de las provincias respecto al destino y finalidad de los mismos.  

La Auditoría General de la Nación deberá controlar la inversión de los fondos transferidos a las provincias dentro de los fines y destinos antes indicados. 

Para gozar de los beneficios de participación en la distribución del Fondo, las provincias deberán adherir por ley a las disposiciones de la presente.  

Entre los fundamentos, el diputado sostiene que el proyecto busca superar la injusticia e inequidad planteada por la Ley de Inversiones mineras en donde las ganancias son cooptadas por Nación y distribuidas en parte a la totalidad de las provincias y en donde estas últimas solo retienen un exiguo porcentaje de regalías. 

Dicho de otro modo, se plantea una redistribución de la renta minera, se busca mejorar los incentivos para el desarrollo de la minería en Argentina al producir más beneficios para quienes visibilicen el desarrollo de proyectos. En esa misma línea, el legislador sostuvo que la minería tuvo en las últimas décadas un desempeño muy pobre contra el potencial que tiene.  Actualmente, las exportaciones de todo el país no superan los U$S 4000 millones. El 10% de lo que exporta Chile. 

La propuesta, continúa, está en línea con el planteo del presidente Milei en el “Pacto de Mayo” en donde sugiere que las provincias abandonen la reticencia a desarrollar sus recursos naturales. Para lograr ese objetivo sin dudas es debe mejorar los incentivos a las provincias como se propone en este proyecto de Ley.

Fuente: El Esquiú

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