La perspectiva de género en la actividad minera

Por Sergio A. Bustos, abogado – Experto en Comercio Exterior – Martillero y corredor - Director del Instituto de Derecho Internacional del Colegio de Abogados de Salta - Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional - Especialización en Derecho Minero.
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Si hay algo que debemos rescatar en estos últimos tiempos en una actividad tan dura como lo es la minería. Pues viene acentuando la participación y el alto crecimiento en los puestos de trabajo que va obteniendo la mujer.

No obstante y haciendo una mirada en retrospectiva, la actividad minera siempre fue considera exclusiva para los hombres, sobre todo las de mina cerrada. Caber recordar que en aquellos tiempos de varias décadas atrás, no existía la seguridad e higiene como una carrera importante para la intervención en ésta actividad y el trabajo. Al carecer de los elementos de seguridad, la falta de maquinaria automatizada entre otras cuestiones, el trabajo era pesado y peligroso. Por otro lado, la historia condicionada por el sexo masculino establecía las reglas de que la mujer se quedara en la casa y el hombre fuese al trabajo y cobrara el dinero para sus gastos y los del hogar.
Viéndolo de ésta manera, a la mujer se le quitaba independencia, se la condicionaba económicamente y en muchas ocasiones, se la sometía al encierro.

De ésta manera vemos un claro sometimiento a la violencia económica y a su libertad individual.

El concepto de Higiene y Seguridad comienza a obtener importancia recién a principio del siglo XX. Surge a partir de estadísticas de accidentes automovilísticos. No obstante, en el año 1932 se comenzó el control de riesgos de trabajo en Estados Unidos. Estos hechos incipientes, sirvieron de base para prevenir accidentes y posteriormente, motivado por la creación de la Oficina Internacional del Trabajo (OIT) en 1918, al final de la Primera Guerra Mundial, con su Servicio de Seguridad y Prevención de Accidentes en 1921, ha dado un salto cualitativo en la seguridad de cada trabajador. Todo ello gracias al aporte de la denominada Escuela Americana de Seguridad del Trabajo con sus grandes representantes, Heinrich, Simonds, Grimaldi, Bird, etc.

Afortunadamente, los gremios fueron solucionando parte del problema, en el sentido de exigir mayores normas de seguridad para poder trabajar. Llámese ropa de trabajo, cascos, elementos de protección, entre otros que fueron siendo exigidos por ellos. También, y debido a la importancia de seguridad e higiene, se fueron creando estudios sobre la materia hasta las actuales carreras en tecnicatura.

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¿Y la mujer?

Con respecto a la mujer, no fueron leyes que han hecho los hombres las que le fueron dando participación, sino el colectivo y la fuerza que a brazo partido han logrado todas ellas.

Luchas que aparecieron como pequeños focos de luz que eran rápidamente apagados por el machismo conservador.

Podemos hablar de las luchas de las mujeres desde la Declaración de los Derechos de la Mujer y de la Ciudadana redactada por Olympe de Gouges en 1791, los movimientos con Flora Tristán a la cabeza, los grupos feministas en el movimiento obrero influidos por "El origen de la familia, la propiedad privada y el Estado" escrito por Friedrich Engels en 1884. Movimientos de anarquistas Vs. Ortodoxos que logran la separación entre la sexualidad y la reproducción, maternidad libre, liberación femenina, libertad sexual y, entre otras cosas, métodos anticonceptivos artificiales. También aparece la sensacional publicación de Simone De Beauvoir (1949) El Segundo Sexo, donde esbozó su máxima: Mujer no se hace, se nace. Ya en los 70 le seguiría Kate Millet, que afirmó que no existe disparidad intelectual y emocional entre los sexos.

Es importante destacar la historicidad realizada, porque todo lo que han conseguido fue por la lucha de las mujeres unidas que tímidamente se iban aglutinando a las marchas. Vemos en el ámbito social, laboral e intelectual de hoy como siguen más organizadas y con charlas muy enriquecedoras sobre diferentes asuntos entre ellas Fundación L'Occitane, Fundación Mujer Vital y entre la actividad que nos refiere a Woman in Mining.

¿Y en la minería?

Con respecto a esto el código de minería ha cambiado algunas cosas recién con la reforma de 1995, donde se suprime el artículo 239 que decía lo siguiente “No debe emplearse en las minas niños menores de diez años, ni ocuparse en los trabajos internos niños impúberes ni mujeres”. Pues allí detentaba un paradigma entre lo laboral y el mito de que “las mujeres son sinónimo de mala suerte”. Esto denota la ignorancia y lo conservador que era el hombre pero no hasta hace tanto. Vale recordar que el Código de Minería, fue modificado en el año 1995, luego de nuestra reforma Constitucional, pero ha quedado un vestigio en el código de minería actual. Hago referencia a su artículo 22. Artículo 22 del Código de Minería actual. Con respecto a éste caso en particular, como referente de Republicanos Unidos en Salta, he redactado un proyecto de reforma parcial del código de minería. Así adentrándonos en el artículo 22 Inc. 3) del Código de Minería en su Título Segundo reza lo siguiente: “De las Personas que pueden adquirir minas: Art. 22 : No pueden adquirir minas, ni tener en ellas parte, interés ni derecho alguno: 3º Las Mujeres no divorciadas y los hijos bajo patria potestad de las personas mencionadas en los números precedentes”.

En el marco de la temporalidad descripta, y habiendo transcurrido un siglo de su sanción originaria, nuestro Código de Minería, aún mantiene intacto articulados que en nuestro tiempo y para la sociedad actual han devenido en obsoletos y sin sentido.

En concreto, tal y como se pretende con este Proyecto, es dejar sin efecto en el artículo 22 inc. 3) a limitaciones de derechos expresamente dirigidas a las mujeres, situación está que hoy ha devenido en impensable para la sociedad y el derecho actual.

La perspectiva de género, se refiere a la metodología y los mecanismos que permiten identificar, cuestionar y valorar la discriminación, desigualdad y exclusión de las mujeres, que se pretende justificar con base en las diferencias biológicas entre ambos sexos, así como las acciones que deben emprenderse para actuar sobre los factores de género y crear las condiciones de cambio que permitan avanzar en la construcción de la igualdad de género.

Cuando se habla de perspectiva de género, se hace alusión a una herramienta conceptual que busca mostrar que las diferencias entre mujeres y hombres se dan no sólo por su determinación biológica, sino también por las diferencias culturales asignadas a los seres humanos. Mirar o analizar alguna situación desde la perspectiva de género permite entender que la vida de mujeres y hombres puede modificarse en la medida en que no está “naturalmente” determinada. Es importante entender que tenemos un largo camino para la deconstrucción de la cultura conservadora impregnada en la sociedad actual, pero se puede dar fe de que la mujer en la actividad minera va demostrando un fuerte cambio y con su participación está cambiando éste paradigma.

Fuente: El Tribuno

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