
Catamarca: la Corte levantó la cautelar sobre el Río Los Patos y la Cámara Minera destacó el fallo
Minería Sustentable


La Corte de Justicia de Catamarca resolvió levantar la medida cautelar que regía desde 2024 sobre la subcuenca del Río Los Patos, una decisión que impacta directamente en el desarrollo de la actividad minera en el Salar del Hombre Muerto, en el departamento Antofagasta de la Sierra.
La resolución, adoptada por mayoría del tribunal, pone fin a un período de incertidumbre que afectaba la planificación de inversiones y la continuidad de proyectos vinculados principalmente a la explotación de litio en la región.
El estudio ambiental como base del fallo
El fallo se sustentó en el Estudio de Gestión Integral del Impacto Ambiental Acumulativo (EGIA), elaborado por un equipo técnico interdisciplinario. Según el tribunal, este informe aporta información “integral, sistemática y actualizada” sobre el estado ambiental de la subcuenca.
A partir de sus conclusiones, la Corte determinó que no existe evidencia de un daño ambiental actual que justifique la continuidad de una medida preventiva como la cautelar. En particular, el estudio no identificó afectaciones ambientales significativas, señalando que el sistema se mantiene dentro de parámetros de estabilidad ecológica.
No obstante, el propio informe remarca la necesidad de sostener controles y monitoreos permanentes por parte del Estado para prevenir impactos futuros.
Origen del conflicto y alcance de la medida
La causa judicial se inició a partir de planteos sobre posibles impactos acumulativos derivados de la actividad minera en la cuenca. En ese contexto, la Corte había dispuesto la realización del EGIA y la suspensión del otorgamiento de nuevos permisos en la zona.
La cautelar operaba como una herramienta preventiva mientras se evaluaban las condiciones ambientales del área, generando un freno parcial a la expansión de proyectos.
La Cámara Minera celebró la decisión
A través de un comunicado, la Cámara Minera de Catamarca expresó su respaldo al fallo y lo calificó como “un hito relevante para el desarrollo minero en la provincia”.
Desde la entidad señalaron que la resolución aporta previsibilidad y seguridad jurídica para la actividad, en línea con la necesidad de promover inversiones en el sector. También destacaron la importancia de contar con información técnica sólida, controles adecuados y cumplimiento de la normativa vigente.
En ese sentido, remarcaron que los estudios y reportes periódicos que deben presentar las empresas permiten generar información “precisa y relevante” sobre el comportamiento de la subcuenca y sus componentes ambientales.
Asimismo, la Cámara reafirmó su compromiso de continuar trabajando con estándares técnicos ambientales elevados y con responsabilidad social y económica, en pos del desarrollo de Catamarca y la región.
Impacto en la actividad minera
El levantamiento de la medida representa un cambio relevante para el sector minero, particularmente en una de las principales regiones productoras de litio del país.
Desde el ámbito empresarial, se interpreta la decisión como un avance en términos de previsibilidad y seguridad jurídica, factores clave para el desarrollo de inversiones de largo plazo.
Seguimiento ambiental y controles
Más allá del fallo, el esquema de monitoreo ambiental continuará vigente. Las empresas deberán seguir presentando informes periódicos ante la autoridad competente, lo que permitirá evaluar en forma continua el comportamiento de la subcuenca y sus ecosistemas asociados.
Este enfoque refuerza la tendencia hacia modelos de gestión basados en evidencia científica y control estatal sostenido, en un contexto donde la actividad minera enfrenta crecientes exigencias ambientales.




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