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# El Gobierno nacional simplifica el proceso de compra de maquinaria para minería en el marco de la Ley de Inversiones Mineras

![maquinas-1jpg](/download/multimedia.normal.857e5bdec6e56114.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

Se reemplazan las autorizaciones previas por declaraciones juradas digitales y se establece un sistema de trazabilidad continua para los bienes de capital importados destinados a la minería

Buenos Aires, 1 de septiembre de 2026 — Mediante la resolución 73/2026 publicada hoy en el Boletín Oficial de la Nación, la Secretaría de Minería del Ministerio de Economía de la Nación simplificó la tramitación del beneficio contemplado en el artículo 21 de la Ley N° 24.196 de Inversiones Mineras, que prevé la exención de derechos de importación y otros gravámenes para insumos, equipos y bienes de capital destinados a la actividad productiva del sector.

La reforma representa un cambio de paradigma: desplaza el eje desde un modelo basado en controles administrativos previos y burocráticos hacia un sistema ágil, digital y declarativo con foco en la trazabilidad y la fiscalización posterior.

Con esta medida, las empresas mineras que necesiten importar maquinaria, equipos o insumos para producir en Argentina van a poder acceder a los beneficios de la Ley de Inversiones Mineras de forma más simple. Además, el nuevo esquema facilita la importación de equipos usados o reacondicionados, flexibiliza la utilización de una misma máquina en distintos proyectos mineros de un mismo beneficiario y amplía el listado de máquinas y equipos que pueden acceder al beneficio.

**Novedades Principales del Nuevo Esquema**

- Se elimina la emisión del certificado de importación y se implementa un sistema de validación de declaraciones juradas digitales que se integrarán, a través de la plataforma **VUCEA al Sistema Informático MALVINA**. La autoridad competente contará con un plazo de cinco días hábiles administrativos para expedirse.
- La validación de importación no tendrá plazo de vigencia y podrá ser ingresada al sistema Malvina hasta agotar la cantidad autorizada.
- Se incorpora la posibilidad de declarar un depósito provisorio como destino de los bienes a importar para proveedores mineros con un sistema de notificación de afectación definitiva cada tres meses.
- Se amplía la admisión de equipamiento especial usado o reacondicionado.
- Se diseña el procedimiento para la validación de la utilización del beneficio por parte de los VPU adheridos al Rigi.
- El procedimiento permite que un bien sea afectado alternativamente a distintos proyectos del mismo beneficiario sin que ello implique necesariamente su desafectación del régimen.
- Se contemplan determinados traslados hacia proyectos de sociedades vinculadas, controlantes, controladas o integrantes de una Unión Transitoria de Empresas, siempre que se cumplan las condiciones previstas.
- Se precisan los procedimientos para desafectar bienes importados bajo el beneficio del art. 21 de la LIM en la medida que aquel está supeditado al sostenimiento de la actividad productiva.
- Se aprueba un nuevo listado (Anexo II) con las posiciones arancelarias alcanzadas, actualizándose con las vigentes e incorporando nuevas posiciones vinculadas al sector que no se encontraban previamente contempladas. Para aquellas no incluidas, se habilita un mecanismo de solicitud de incorporación acompañado por la certificación de un ingeniero independiente que acredite su esencialidad técnica.

El nuevo procedimiento entrará en vigencia una vez que se completen las adecuaciones tecnológicas en la plataforma de **Trámites a Distancia (TAD)** y la Dirección General de Aduanas (DGA) dicte la normativa complementaria de integración con el sistema Malvina.

Entretanto, los trámites presentados con anterioridad a la implementación del nuevo sistema continuarán su sustanciación bajo la normativa vigente al momento de su inicio.

Con estas reformas, el Gobierno nacional reafirma su compromiso de **desburocratizar el Estado, dotar de máxima transparencia a los incentivos fiscales, brindar previsibilidad jurídica y agilizar el equipamiento técnico** necesario para consolidar las inversiones estratégicas en el sector minero argentino.

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